3.4. Bienes de inversión

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En la opción ENTRADA DE DATOS – BIENES DE INVERSIÓN, completará las fichas de todos sus bienes de inmovilizado.

En estas fichas deberá rellenar los datos del bien: la fecha, importe, proveedor, nombre del bien, detalle, así como completar los datos para el cálculo de la amortización como valor inicial, fecha inicio de la amortización, etc.

 

COMPRA Y VENTA DE BIENES DE INMOVILIZADO:

Para la compra de inmovilizado hay que tener en cuenta las siguientes cuestiones:

1.- Con la compra del bien de inversión no se lleva la compra a otros gastos sino se contabiliza como una factura de compra en “Contabilizar compras” (se reflejará en el libro de IVA soportado).
Cuando se contabilice la factura en el apartado “Especifique tipo de gasto” se debe poner “Bien de inversión” para indicar que no es una compra normal.

2.- Se crea una ficha de inmovilizado en el apartado “Bienes de inversión”.

3.- Y por último, cada año se llevará a “Contabilizar otros gastos” la parte que corresponda de amortización de dicho bien.
 

Para la venta de inmovilizado hay que tener en cuenta las siguientes cuestiones:

1.- Con la venta del bien de inversión no se lleva a “Otros ingresos” sino se contabiliza como una factura de venta en “Contabilizar ventas” (se reflejará en el libro de IVA repercutido).
Al contabilizar la factura en el apartado “Especifique tipo de ingreso” debe poner “Bien de inversión” para indicar que no es una venta normal y elegir en el listado resultante el bien que vende.

2.- Dar de baja el bien de inversión: Si éste no se ha dado de baja automáticamente al realizar la factura, deberá ir al bien de inversión y realizar la baja. Para ello, ir a LISTADOS – LISTADO BIENES, hacer clic sobre el bien en el listado resultante y en la ficha del mismo pulsar el botón “Venta” e indicar la fecha de venta. A partir de ahora, el bien queda marcado en el listado en color rojo.

(Nota: en un artículo vendido si pulso de nuevo el botón “Venta” podría “Anular venta”. El programa pide confirmación y el bien vuelve a amortizarse en todo su periodo.)

3.- A continuación, en “Contabilizar otros gastos” o bien “Contabilizar otros ingresos”  anotará el apunte contable con el texto: “Pérdida (o Beneficio) por venta del bien X” en función de si ha obtenido un beneficio o pérdida con la venta del bien

(Nota: el beneficio se obtiene cuándo el valor de venta es mayor que el valor residual + las amortizaciones pendientes y la pérdida todo lo contrario)

4.- El año de venta del bien al final del mismo solamente se amortizará la parte que corresponda hasta la fecha  venta.